Visa de Estudios

Con la carta de aceptación institucional que la CGCI elabora y envía al Coordinador de Intercambio de tu institución, podrás comenzar los trámites para ingresar legalmente a México con una visa de estudiante.

La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (ley mexicana) establece en su LEY GENERAL DE POBLACION, artículo 42, que todos los estudiantes que realizan una estancia mayor a tres meses deberán ingresar a México con visa de estudiante para iniciar estudios en planteles educativos oficiales.

Si tu estancia es menor a tres meses la visa de turista es suficiente pues con ella podrás permanecer en el país durante un período de 30 a 60 días. Ambos estados migratorios se reconocen dentro de la cualidad no inmigrante dado que no se tiene la finalidad de radicar en México.

Para realizar el trámite de visa de estudiante debes acudir al representante de la Secretaria de Relaciones Exteriores en tu país, embajada o consulado más cercano a tu localidad, para solicitar los requisitos que se aplican para tu país. Este documento te permitirá internarte en el país como estudiante y realizar tu estancia en condiciones de certeza jurídica. Para encontrar el consulado o Embajada de México más cercano a tu domicilio, visita la sección de representaciones en el extranjero de la página web de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

Los documentos básicos requeridos para realizar este trámite son:

  • • Formato oficial de Solicitud de Internación a México
  • • Pasaporte vigente del extranjero
  • • Constancia de inscripción del extranjero en la institución educativa oficial o incorporada con reconocimiento oficial de validez en la que pretenda llevar a cabo los estudios o carta de la institución educativa elaborada en papel membretado y firmada por persona autorizada en la que conste la aceptación de la inscripción del extranjero. En cualquier caso, en el documento se deberá especificar el nivel, grado, temporalidad o áreas de estudio que pretenda realizar el extranjero.
  • • Comprobante de solvencia económica para su sostenimiento durante su estancia (estados de cuenta bancarios, becas, otro).

 

Ya que hayas ingresado a México y establecido tu estado migratorio de estudiante, debes inscribirte en el Registro Nacional de Extranjeros dentro de los 30 días posteriores a tu ingreso al país.

Además, cualquier cambio de tu estatus migratorio debe ser informado al Registro Nacional de Extranjeros en un lapso no mayor a 30 días después del cambio. Puedes dirigirte a la oficina de Abogado General de la Universidad de Guadalajara para que te oriente y apoye en este trámite.